traducciones oficiales cali

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TRADUCTOR CERTIFICADO CALI

lunes, 13 de junio de 2016

TRADUCTOR OFICIAL AL ESPAÑOL, INGLES, ALEMAN, ITALIANO, ARABE, CHINO, RUSO, HOLANDES, ENTRE OTROS

En cuanto a proceso de traducciones oficiales y/o técnicas debemos tener en cuenta la diferencia de estas dos… - Traducción Oficial: es aquella que realiza un traductor avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y se realiza apostillando el documento original y luego se traduce al idioma oficial del país al que se dirige el documento. No puede traducirse sin haber apostillado el documento original o perderá el efecto la traducción como oficial. - Traducción Técnica: es aquella que realiza un traductor avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores sin haber apostillado un documento, estas traducciones se realizan generalmente para procedimientos internos de empresas privadas o solicitudes especiales de algunos entes. Estas traducciones generalmente no cumplen con el reglamento interno nacional ni internacional de la HAYA por lo cual no se avala como un documento con validez internacional.

viernes, 29 de abril de 2016

TRADUCTOR OFICIAL CERTIFICADO CALI 318 4160542

                              TELEFONO 318 416 05 42

PROMOCION APOSTILLE CALI MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES APOSTILLE CALI

URGENCIAS APOSTILLAJE OFICINA PRINCIPAL SERVICIO DE A POSTALES APOSTILLAS Y LEGALIZACIONES MENSAJERIA INTERNACIONAL TRAMITES ANTE CONSULADOS

¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Ministerio del  Exterior y de Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.

lunes, 29 de febrero de 2016

TRADUCTOR CERTIFICADO CALI OFICINA PRINCIPAL 3103851682

Quienes Somos

Somos especialistas en tramite de Apostilla, Legalizaciones y Traducciones Oficiales cumpliendo las normas legales vigentes, en el ámbito nacional e internacional, nuestra oficina esta en  CALI Colombia.

Le Garantizamos el correcto tramite de sus documentos, puntualidad y servicio personalizado brindándoles a nuestros clientes una atención integral, confiable y puntual.

Requisitos para comenzar el trámite de apostilla

Antes de apostillar un documento tenga en cuenta esta información

Para que apostille un documento, el país donde será presentado debe formar parte de la Convención de la Haya: Alemania, El Salvador, Kazajstán, República Checa, Andorra, Eslovaquia, Lesotho, Rumanía, Antigua Eslovenia, Letonia, Samoa, Argentina, España, Liberia, San Cristóbal, Armenia, Estados Unidos, Liechtenstei, San Marino, Australia, Estonia, Lituania ,San Vicente, Austria ,Rusia, Luxemburgo, Santa Lucía, Bahamas, Fidji, Macedonia, Seychelles, Croacia, Dominica, Malawi, Sudáfrica, Barbados, Finlandia, Malta, Suecia, Bélgica, Francia, México, Suiza, Belice, Granada, Mónaco, Surinam, Bielorrusia, Grecia, Namibia, Swazilandia, Bosnia, Hungría, Niue, Tonga, Botswana, Irlanda, Noruega, Trinidad y Tobago, Brunei Darussalam, Isla Marshall, Nueva Zelanda, Turquía, Bulgaria, Isla Mauricio, Países Bajos, Venezuela, China, Israel, Panamá, Yugoslavia, Chipre, Italia, Portugal, Granadinas, Colombia, Japón, Reino Unido, Irlanda, Barbuda, Nieves, Yugoslava, Erzegovina, Ecuador, Perú, Panama.

Si el país de destino NO ES PARTE de la Convención, el proceso que se usa es el de la Legalización.

El Ministerio de Relaciones Exteriores únicamente apostilla documentos expedidos por autoridades colombianas. Documentos expedidos en otro país no se apostillan en Colombia.

Los documentos a apostillar deben ser originales, con la firma de la autoridad competente previamente registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Un documento que ha sido apostillado no requiere de trámites ni legalizaciones posteriores para que sea válido en cualquiera de los países partes del Convenio de La Haya.

Si el país al cual se va a presentar el documento lo requiere, la traducción del documento original apostillado también se apostilla.

¿Que es la Apostilla?

La apostilla de La Haya (o simplemente apostilla) es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Físicamente consiste en una hoja que se agrega a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento público, es certificado mediante la cual el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, avala la autenticidad de la firma y el titulo con que ha actuado el funcionario colombiano que suscribe un documento expedido en Colombia que va a surtir efectos legales en el exterior, ante un país parte de la Convención de la Haya sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de 1961.

¿En qué consiste el trámite de Apostillar?

La Apostilla, consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente en Colombia

¿Para qué sirve la Apostilla?

Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero, en principio se reconoce en aquellos países que hayan firmado un tratado internacional, conocido como la Convención de la Haya, Países Bajos, la cual suprime el requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (entrada en vigor el 24 de enero de 1965); disminuyendo así los trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fue emitido.

Nos Caracterizamos Por..

Nuestro cumplimiento, responsabilidad, rapidez y cuidado de su documento.

  • Si son varios documentos se hace un Descuento en el Servicio.



Nuestros Servicios Son:
  • Apostilla.
  • Legalizaciones.
  • Traducciones Oficiales a cualquier idioma.
  • Apostillamos, legalizamos y traducimos cualquier clase de documentos

Tramitamos ante:
  • Ministerios De Relaciones Exteriores.
  • Notarias.
  • Registradurias.
  • Ministerio de Educación Nacional.
  • Secretaría de Educación de Bogotá.
  • Secretaría de Educación de Cundinamarca.
  • Registraduria Nacional.
  • Arquidiócesis de Bogotá.
  • Nunciatura Apostólica.
  • Superintendencia de Industria y Comercio.
  • Superintendencia de Notariado y Registro.
  • Dirección Administrativa de la Carrera Judicial.
  • Junta Central de Contadores.
  • Consejo Nacional Profesional de Ingenieros.
  • Procuraduría General de la Nación.
  • Contraloría General de la Nación.
  • Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S.

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Quienes Somos

Somos especialistas en tramite de Apostilla, Legalizaciones y Traducciones Oficiales cumpliendo las normas legales vigentes, en el ámbito nacional e internacional, nuestra oficina esta en  CALI Colombia.

Le Garantizamos el correcto tramite de sus documentos, puntualidad y servicio personalizado brindándoles a nuestros clientes una atención integral, confiable y puntual.

Requisitos para comenzar el trámite de apostilla

Antes de apostillar un documento tenga en cuenta esta información

Para que apostille un documento, el país donde será presentado debe formar parte de la Convención de la Haya: Alemania, El Salvador, Kazajstán, República Checa, Andorra, Eslovaquia, Lesotho, Rumanía, Antigua Eslovenia, Letonia, Samoa, Argentina, España, Liberia, San Cristóbal, Armenia, Estados Unidos, Liechtenstei, San Marino, Australia, Estonia, Lituania ,San Vicente, Austria ,Rusia, Luxemburgo, Santa Lucía, Bahamas, Fidji, Macedonia, Seychelles, Croacia, Dominica, Malawi, Sudáfrica, Barbados, Finlandia, Malta, Suecia, Bélgica, Francia, México, Suiza, Belice, Granada, Mónaco, Surinam, Bielorrusia, Grecia, Namibia, Swazilandia, Bosnia, Hungría, Niue, Tonga, Botswana, Irlanda, Noruega, Trinidad y Tobago, Brunei Darussalam, Isla Marshall, Nueva Zelanda, Turquía, Bulgaria, Isla Mauricio, Países Bajos, Venezuela, China, Israel, Panamá, Yugoslavia, Chipre, Italia, Portugal, Granadinas, Colombia, Japón, Reino Unido, Irlanda, Barbuda, Nieves, Yugoslava, Erzegovina, Ecuador, Perú, Panama.

Si el país de destino NO ES PARTE de la Convención, el proceso que se usa es el de la Legalización.

El Ministerio de Relaciones Exteriores únicamente apostilla documentos expedidos por autoridades colombianas. Documentos expedidos en otro país no se apostillan en Colombia.

Los documentos a apostillar deben ser originales, con la firma de la autoridad competente previamente registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Un documento que ha sido apostillado no requiere de trámites ni legalizaciones posteriores para que sea válido en cualquiera de los países partes del Convenio de La Haya.

Si el país al cual se va a presentar el documento lo requiere, la traducción del documento original apostillado también se apostilla.

¿Que es la Apostilla?

La apostilla de La Haya (o simplemente apostilla) es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Físicamente consiste en una hoja que se agrega a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento público, es certificado mediante la cual el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, avala la autenticidad de la firma y el titulo con que ha actuado el funcionario colombiano que suscribe un documento expedido en Colombia que va a surtir efectos legales en el exterior, ante un país parte de la Convención de la Haya sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de 1961.

¿En qué consiste el trámite de Apostillar?

La Apostilla, consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente en Colombia

¿Para qué sirve la Apostilla?

Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero, en principio se reconoce en aquellos países que hayan firmado un tratado internacional, conocido como la Convención de la Haya, Países Bajos, la cual suprime el requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (entrada en vigor el 24 de enero de 1965); disminuyendo así los trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fue emitido.

Nos Caracterizamos Por..

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  • Notarias.
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  • Secretaría de Educación de Bogotá.
  • Secretaría de Educación de Cundinamarca.
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  • Dirección Administrativa de la Carrera Judicial.
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  • Consejo Nacional Profesional de Ingenieros.
  • Procuraduría General de la Nación.
  • Contraloría General de la Nación.
  • Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S.

viernes, 26 de febrero de 2016

TRADUCCIONES OFICIALES Y/O TECNICASTRADUCCIONES OFICIALES APOSTILLA COLOMBIA Cordial saludo, En cuanto a proceso de traducciones oficiales y/o técnicas debemos tener en cuenta la diferencia de estas dos… - Traducción Oficial: es aquella que realiza un traductor avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y se realiza apostillando el documento original y luego se traduce al idioma oficial del país al que se dirige el documento. No puede traducirse sin haber apostillado el documento original o perderá el efecto la traducción como oficial. - Traducción Técnica: es aquella que realiza un traductor avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores sin haber apostillado un documento, estas traducciones se realizan generalmente para procedimientos internos de empresas privadas o solicitudes especiales de algunos entes. Estas traducciones generalmente no cumplen con el reglamento interno nacional ni internacional de la HAYA por lo cual no se avala como un documento con validez internacional.

TRADUCCIONES OFICIALES Y/O TECNICASTRADUCCIONES OFICIALES APOSTILLA COLOMBIA Cordial saludo, En cuanto a proceso de


traducciones oficiales y/o técnicas debemos tener en cuenta la diferencia de estas dos…

-    Traducción Oficial: es aquella que realiza un traductor avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y se realiza apostillando el documento original y luego se traduce al idioma oficial del país al que se dirige el documento. No puede traducirse sin haber apostillado el documento original o perderá el efecto la traducción como oficial.-   

Traducción Técnica: es aquella que realiza un traductor avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores sin haber apostillado un documento, estas traducciones se realizan generalmente para procedimientos internos de empresas privadas o solicitudes especiales de algunos entes. Estas traducciones generalmente no cumplen con el reglamento interno nacional ni internacional de la HAYA por lo cual no se avala como un documento con validez internacional.